La Corte Constitucional (CC) emitió dictamen no favorable a los decretos-ley sobre créditos educativos y compañías insolventes. El pronunciamiento se dio este viernes, 28 de julio de 2023.
En el documento publicado en sus redes sociales, la entidad explicó que con respecto al decreto-ley denominado ‘Decreto Ley de Apoyo Financiera a Favor de Beneficiarios Coactivados de Créditos Educativos, Becas y Ayudas Económicas‘, los jueces de la CC no dieron paso con ocho votos a favor.
“Si bien la Corte es sensible con el objetivo del proyecto de decreto-ley, dictaminó que este no cumple con los criterios de urgencia ya establecidos por la jurisprudencia de la Corte y que, por lo tanto, es incompatible con el artículo 148 de la Constitución”.
Además, la CC considera que “no aborda circunstancias apremiantes, pues se trata de un problema estructural que data de hace más de una década y que nunca fue considerado apremiante por la Función Ejecutiva. De hecho, previamente a la disolución de la Asamblea, se presentaron dos proyectos de ley que abordaron el mismo tema y que, al no haberse calificado como urgentes en materia económica por el Presidente de la República, se tramitaron de forma ordinaria”.
Sobre el proyecto de decreto-ley denominado ‘Decreto Ley de Reestructuración Empresarial’ se hizo lo propio, es decir, no se dio ‘luz verde’. En este caso, también, es incompatible con el artículo 148 de la Constitución. Además, de las tres circunstancias que se alegan, sólo una podría considerarse apremiante y es la relacionada con el fenómeno de El Niño.
“Evidenció que las medidas propuestas en el proyecto de decreto-ley no guardan una relación de conexidad plausible con, y limitada a, las circunstancias derivadas de este fenómeno, y además no surtirían efectos inmediatos, por lo que su adopción prodía esperar hasta la instalación de la nueva conformación de la Asamblea Nacional“.
Líneas más abajo, se señala que “la necesidad de tomar acciones para preparar al país ante la llegada del fenómeno de El Niño no constituye una excusa para que el Presidente de la República realice reformas normativas estructurales, en materia económica, sin que tales reformas guarden una relación de conexidad con este desastre natural”.
Finalmente, la Corte reafirma que “no es insensible a las necesidades empresariales y las dificultades económicas que entrentan”. Y resalta que este proyecto podría “ser conveniente para resolver problemas de liquidez en las empresas, por lo que se dejó a salvo la facultad del Presidente de la República para presentar un proyecto de ley sobre la misma temática para que este sea tratado por la Asamblea Nacional cuando entre en funciones”.