abril 29, 2024

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (Supercias) informó que las aseguradoras y empresas de atención médica deberán prestar atención con normalidad

Patricio Salas, presidente de la Federación Ecuatoriana de Empresas de Seguros (Fedeseg), indicó a Primicias que el estado de emergencia no cambia las condiciones establecidas en las pólizas de seguros.

Y mencionó que hay contratos cuyas cláusulas de exclusión en casos de guerra, terrorismo, insurrección, motines o huelgas. En estos casos se dará cobertura según lo que se dicte en el contrato.
Ante la decisión del Gobierno que declaró conflicto armado interno en el país, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (Supercias) informó que las aseguradoras y empresas de atención médica deberán prestar atención con normalidad.

Esto significa que las prestaciones y obligaciones no se encuentran suspendidas. Es decir, en caso de siniestro deberán ser cubiertas de acuerdo a las estipulaciones señaladas en las pólizas o contratos.

“Dado que no existe guerra, declarada o no con otro país, se aclara que las pólizas y contratos que a la fecha se encuentran en vigencia cuentan con las coberturas o prestaciones pactadas”, se lee en el comunicado de la Supercias que fue publicado en su cuenta de X.

También se aclaró que le corresponde el análisis y revisión de los diferentes casos “y como tal desvirtuar cualquier exclusión de responsabilidad que pretenda invocar a consecuencia del anuncio gubernamental”.

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