[responsivevoice_button voice=”Spanish Latin American Female” buttontext=”Pulsa para escuchar”]
Esta semana, el jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta, anunció por Twitter su decisión sobre la fecha de las elecciones locales y el sistema de votación que se utilizará.
Determinó que las elecciones porteñas
se realizarán en la misma fecha que las elecciones nacionales
(elecciones simultáneas), el 13 de agosto las PASO, el 22 de octubre las
elecciones generales y el 19 de noviembre el balotaje, si lo hubiere.
También decidió que la elección se efectúe con boleta única electrónica,
a diferencia de la votación nacional que se hará en papel y con lista
sábana (votación concurrente). En un mismo acto electoral, la ciudadanía
porteña tendrá dos sistemas de votación. El sistema de boleta única
electrónica para elegir autoridades de la ciudad en todas sus categorías
(jefa o jefe del gobierno, legisladores/as y comuneros/as) y el sistema
tradicional de boleta en papel con todas las categorías juntas para
elegir los representantes nacionales (Presidenta o Presidente, diputadas
y diputados nacionales).
La justificación que brindó en un
video de dos minutos fue que esto evitaría que los porteños fueran a
votar seis veces en el mismo año.
El primer cuestionamiento que surge
es el aspecto llamativo de que el jefe de gobierno, unilateralmente,
adopta su última decisión autoritaria de establecer las fechas y el
sistema de votación de la democracia representativa.
La segunda cuestión que emerge es que
en las últimas tres elecciones a jefe de gobierno (2015, 2019 y 2023),
la Ciudad de Buenos Aires habrá empleado tres formas de votación
distintas que quiebran la estabilidad democrática esperable de las
reglas electorales. Más aún, cuando las decisiones de modificación del
sistema de votación se cambian meses antes de la votación, lo que genera
inseguridad política.
El tercer punto de análisis es la
importación y exportación de candidatos/as de la Ciudad de Buenos Aires a
la provincia y viceversa. El sistema de representación, en el presente,
se asemeja más a un proceso de colonización y de nepotismo político,
que a la construcción desde abajo propia de la expresión de la soberanía
política ciudadana.
La involución del sistema de votación
Desde el año 1996, con la sanción de
la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, esta dejó de ser la
Capital Federal para transformarse en una ciudad autónoma. Uno de los
principales cambios políticos producidos por esta variación de status
fue el derecho de la ciudadanía porteña de elegir a su jefe/a de
gobierno.
Desde el año 2000 hasta el año 2015,
los comicios para elegir autoridades ejecutivas de la ciudad se
realizaron de forma desdoblada de los convocados por el Poder Ejecutivo
Nacional (elecciones del año 2003, 2007, 2011 y 2015).
Las elecciones desdobladas no fueron
decisiones caprichosas de una gestión o una mayoría parlamentaria
coyuntural, sino el resultado de la fijación de una norma electoral que
se respetó durante cuatro elecciones por más de 13 años.
El 29 de agosto de 2002, la Legislatura sancionó la Ley N.º 875
que dispuso la convocatoria a elecciones de jefe/a de gobierno en fecha
distinta a la fijada para la elección del Presidente/a de la Nación. La
obligatoriedad de la exigencia de elecciones desdobladas correspondía
únicamente cuando tocaban elecciones ejecutivas nacionales y no cuando
eran solamente legislativas.
En los fundamentos del proyecto de
ley se explicaba que esta decisión “tiende a abonar la autonomía de la
Ciudad, generando un espacio independiente de discusión y evaluación de
las propuestas relativas a la Ciudad de Buenos Aires, con independencia
de los temas nacionales”. A su vez, de los discursos surgía la necesidad
de “romper con las listas sábana” que en la Argentina rigen desde las
elecciones de 1963, con el antecedente de las Convenciones
Constituyentes de 1957.
En 2013 se aprobó la Ley N.° 4894 (sancionada el 19 de diciembre de ese año) que aprobó las PASO (Régimen Normativo de Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) y reguló en el Anexo II el “Régimen Normativo de Boleta Única y Tecnologías Electrónicas”.
La Ley N.° 4.894 implementó la boleta
única para las elecciones y autorizó al Poder Ejecutivo a incorporar el
voto electrónico. En las elecciones del año 2015, se utilizó por
primera vez el voto electrónico para las elecciones generales, pero no
para las PASO. La Ley N.° 5241/2015
(publicada el 5 de marzo de 2015) había suspendido la aplicación de la
boleta única para las PASO que se celebraron el día 26 de abril de 2015.
La Boleta Única fue nuevamente suspendida para las elecciones del año 2017 (Ley N.° 5837, publicada el 29 de junio de 2017).
En el año 2018, se aprobó el Código Electoral de la Ciudad (Ley N.° 6031, publicada el 21 de noviembre de 2018). Esta ley también creó el Tribunal Electoral y el Instituto de Gestión Electoral.
A su vez, también dispuso que el
Código Electoral entraría en vigencia el 1 de enero de 2020, con
excepción del Capítulo referido a fecha y convocatoria de elecciones,
que empezó a regir a los ocho días corridos de la publicación de la ley
para que estuviera vigente para las elecciones de 2019.
Con relación al sistema de votación,
el Código Electoral otorgó facultad absoluta al jefe/a de gobierno para
establecer la fecha de las PASO y de las elecciones primarias o
generales de la ciudad, pudiendo establecer una fecha común con las
elecciones nacionales (elecciones simultáneas). De esta forma, cambió el
criterio de desdoblamiento de elecciones derogando la Ley N.º 875.
La obligatoriedad de la boleta única
se mantiene en el nuevo Código Electoral, luego de las numerosas
suspensiones a su aplicación desde su primera implementación en el año
2015.
Rodríguez Larreta fue duramente
criticado por el ala dura del PRO por la definición de las elecciones
simultáneas, pero concurrentes con boleta única electrónica. En su
defensa, Larreta sostuvo que solo estaba cumpliendo con la ley.
Esta es una verdad a medias. No es
obligatorio realizar elecciones simultáneas con las nacionales, sino una
facultad que depende de los intereses electorales del jefe de gobierno,
según el Código Electoral. En cumplimiento del mandato constitucional
de “preservar la autonomía” de la ciudad habría sido preferible sostener
el criterio de elecciones desdobladas. Se alega la excusa de que
implicaría efectuar seis elecciones en un mismo año. En este caso, el
problema no es el desdoblamiento, sino que en el año 2013 se aprobaron
las PASO, un híbrido entre una elección interna de un partido o alianza y
las características de las elecciones generales.
La aplicación de la boleta única sí
es un mandato legal actualmente. Resulta curioso que el primero que sale
al cruce de Larreta frente al anuncio de reeditar la experiencia de la
boleta única para elegir las autoridades porteñas es Macri, quien fue el
principal impulsor de la implementación de este sistema en el año 2015.
Por otra parte, Lousteau, que en 2015 denunció el sistema de boleta
única electrónica, ahora fue uno de los primeros en salir a apoyar la
decisión de Rodríguez Larreta.
Finalmente está la cuestión de si el
jefe de gobierno puede decidir el “voto electrónico”. De acuerdo con la
Ley N.° 6031, es competencia del Instituto de Gestión Electoral (que aún
no fue creado) incorporar tecnologías electrónicas en el procedimiento
de emisión del voto, disponiendo la implementación de un sistema
electrónico de emisión de boleta (art. 111 del Código Electoral). Por lo
tanto, el voto electrónico tampoco es un mandato legal ni Larreta está
facultado para decidir su implementación, sino que es una competencia
facultativa del Instituto de Gestión Electoral (IGE).
De acuerdo con la Cláusula
Transitoria Primera de la Ley N.° 6031, el Instituto de Gestión
Electoral, el Tribunal Electoral y la Secretaría Electoral debieron
estar constituidos antes del día 1° de abril de 2020. La propuesta del
Sr. Ezio Osvaldo Emiliozzi como director del IGE fue enviada por el jefe
de gobierno por expediente 2990-J-2022, el 9 de noviembre de 2022. Hasta el día de la fecha, la Legislatura no aprobó el acuerdo.
En 2015 votamos con sistema
desdoblado y con boleta única electrónica para las autoridades de la
ciudad. En 2019 se votó con lista única de papel que juntaba las
categorías de la ciudad con las categorías nacionales. En 2023
utilizaremos en simultáneo dos sistemas de votación y dos urnas
distintas. Cada uno de estos cambios de votación derivaron de la
discrecionalidad del jefe de gobierno y sus mayorías parlamentarias, que
fueron flexibilizando las reglas electorales para dejar en cabeza del
jefe/a de gobierno el poder de determinar el sistema de votación que más
lo favorezca.
La democracia representativa delegó
en nuestro “monarca financiero-inmobiliario” una decisión tan importante
como la fecha de votación y su simultaneidad o no con las elecciones
nacionales. ¿Qué pasó con el artículo 84 de la Constitución que
establece que la Legislatura no puede delegar sus atribuciones?
¿Y por las comunas, cómo andamos?
A fin de favorecer la consolidación
de las comunas porteñas, como forma de organización institucional más
democrática y desconcentrada, la Ley N.º 1777,
Ley Orgánica de Comunas, (sancionada el 1 de septiembre de 2005) ordenó
que se habiliten para la votación de las juntas comunales, boletas u
opciones separadas de las boletas de cargos generales de la ciudad.
Justo antes de las primeras elecciones para integrar las juntas comunales, la Ley N.º 3802,
aprobada el 15 de mayo de 2011, suspendió las boletas separadas y
dispuso que sí serían obligatorias para la segunda elección y
subsiguientes.
Cuando se estaba por realizar la segunda elección de juntas comunales, la Ley N.º 5241 (aprobada
el 4 de marzo de 2015) directamente eliminó la obligatoriedad de las
boletas u opciones separadas. La lista sábana de candidatos a comuneros y
a autoridades generales de la ciudad colaboró en que las comunas se
transformen en apéndices del Poder Ejecutivo, situación contraria a la
desconcentración de poder público territorial que pretendía la
Constitución de la Ciudad.
Importaciones y exportaciones de candidatos
En 2011, la fórmula de Juntos por el
Cambio para la Ciudad de Buenos Aires fue Mauricio Macri-María Eugenia
Vidal. Después María Eugenia se cruzó a la provincia de Buenos Aires y
fue electa gobernadora en 2015.
En 2015 y en 2019, la fórmula para la
ciudad fue Horacio Rodríguez Larreta-Diego Santilli. En 2021, Santilli
se cruzó a la provincia de Buenos Aires y fue electo diputado nacional
por dicha provincia.
Ahora, en 2023, si bien no están
definidas las candidaturas en la Ciudad, uno de los precandidatos es
Jorge Macri por el PRO. Jorge Macri, que es más Jorge que Macri según él
mismo, actualmente es intendente de Vicente López desde diciembre de
2011. En diciembre de 2021 tomó licencia de su cargo de intendente para
asumir como ministro de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Por ahora
nadie se animó a denunciar que no cumple con la residencia habitual y
permanente, no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de
elección que establece la Constitución de la Ciudad como requisito para
ser electo jefe de gobierno.
Candidatas y candidatos que van y
vienen, la ausencia de reglas de juego claras y transparentes y el nulo
debate democrático a la hora de tomar las decisiones ponen en evidencia
una vez más que para el poder político, la Ciudad de Buenos Aires es una
gran caja de negocios y un mero trampolín para los cargos nacionales.
Fuente: https://www.elcohetealaluna.com/el-sistema-de-votacion-soy-yo/